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Oficial: Rebaja impositiva a los vehículos híbridos y eléctricos

El último viernes salió el decreto Nº 331 donde se establecieron las alícuotas reducidas del Derecho de Importación Extrazona del 5%, 2% y 0%, para la importación de determinados vehículos automóviles híbridos, eléctricos y a celdas de combustible (hidrógeno).

El Gobierno Nacional de la mano del Ministerio de Producción publicó en el Boletín Oficial del viernes, la reglamentación final de los beneficios impositivos para los vehículos impulsados por energías alternativas.

Renault Electricos

La gama europea de eléctricos de Renault. En Argentina comenzará con la comercialización de la Kangoo Z.E.
Foto: Prensa Renault

Esta confirmación oficial (se había dado a conocer en los primeros días de mayo) establece un cupo de 6.000 vehículos como límite máximo de unidades y que sólo será disponible para las marcas que fabriquen otros modelos en el país. Las empresas beneficiadas son: FCA (Fiat y Chrysler), Ford, Chevrolet, Honda, Iveco, Mercedes-Benz (Smart), Nissan, PSA (Peugeot, Citroën y DS), Ralitor (JMC, DFM, Foton, Baic y Kandi), Renault, Scania, Toyota (Lexus), Volkswagen (Audi y Seat) y Zanella.


EL DECRETO

ARTÍCULO 1º.- Establécese que las empresas autorizadas a operar como terminales de la industria automotriz en los términos de la Ley Nº 21.932, interesadas en importar vehículos automotores híbridos, eléctricos y a celdas de combustible (Hidrógeno), conforme lo establecido en el Decreto Nº 331 de fecha 11 de mayo de 2017 respecto de los modelos comprendidos y su tratamiento arancelario diferenciado, deberán presentar la “SOLICITUD DE CUPO DE IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES HÍBRIDOS, ELÉCTRICOS Y A CELDAS DE COMBUSTIBLE (HIDRÓGENO) EN EL MARCO DEL DECRETO N° 331/2017”, ante la Dirección Nacional de Industria, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, conforme el modelo de formulario que como Anexo I (IF-2017-13749573-APNDNI#MP), forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- A los fines de acreditar que los modelos a ser importados al amparo del tratamiento arancelario diferencial previsto en el Decreto Nº 331/17, se encuentran comprendidos dentro de los parámetros establecidos en dicha norma, las empresas terminales deberán acompañar a la Solicitud mencionada precedentemente, copia de la respectiva Licencia para Configuración de Modelo extendida oportunamente.

ARTÍCULO 3º.- Establécese que la distribución del cupo previsto en el Decreto N° 331/17, se realizará en forma trimestral a computarse desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la presente medida, tomando en consideración todas las solicitudes presentadas hasta ese momento.El remanente del cupo no utilizado en el trimestre se acumulará para su asignación en el trimestre subsiguiente.

ARTÍCULO 4º.- Establécese que el orden de asignación del cupo mencionado en el Artículo 3° de la presente resolución se realizará tomando en consideración los siguientes aspectos:
a) La incidencia de la operación de importación respecto de la producción local;
b) La utilización efectiva de los cupos asignados en trimestres anteriores;
c) La incidencia de cada terminal en la producción automotriz local total correspondiente a los DOCE (12) meses consecutivos anteriores a la distribución;
d) El formato de importación, priorizando los modelos en CKD, SKD y CBU, en dicho orden.
A los fines de meritar los parámetros listados precedentemente, la Dirección Nacional de Industria podrá, cuando lo considere procedente, solicitar la intervención en consulta de la entidad sectorial empresaria representativa de la industria automotriz.

ARTÍCULO 5º.- La SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA emitirá, en un plazo no superior a TREINTA (30) días de recibidas todas las solicitudes de cupo relativas al trimestre correspondiente, el acto administrativo que dé cuenta de los cupos asignados y suscribirá cada “CERTIFICADO DE CUPO DE IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES HÍBRIDOS, ELÉCTRICOS Y A CELDAS DE COMBUSTIBLE (HIDRÓGENO) EN EL MARCO DEL DECRETO Nº 331/2017”, conforme el modelo que como Anexo II (IF-2017-13749474-APN-DNI#MP), forma parte integrante de la presente medida.
Dichos certificados tendrán una vigencia de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, contados a partir de su fecha de emisión.

ARTÍCULO 6º.- Las empresas terminales deberán presentar ante la Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, al momento de la nacionalización de las unidades, el “CERTIFICADO DE CUPO DE IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES HÍBRIDOS, ELÉCTRICOS Y A CELDAS DE COMBUSTIBLE (HIDRÓGENO) EN EL MARCO DEL DECRETO N° 331/2017”, cuya emisión se prevé en el Artículo 5º de la presente medida.

ARTÍCULO 7º.- A los fines de registrar la utilización del cupo asignado a cada solicitante, las empresas deberán presentar copia del despacho de importación del bien o de los bienes importados, con la intervención del respectivo funcionario aduanero, ante la Dirección Nacional de Industria y en un plazo máximo de TREINTA (30) días corridos a contar desde la fecha en que el mismo se encontrare oficializado.

ARTÍCULO 8º.- Las presentaciones a efectuarse por parte de las interesadas observarán las previsiones dispuestas en el Decreto N° 1.063 de fecha 4 de octubre de 2016, respecto de la utilización de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), pudiendo asimismo formalizar dicha presentación a través de la Coordinación de Mesa de Entradas, dependiente de la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, sita en la Avenida Presidente Julio Argentino Roca N° 651, Planta Baja, Sector 2, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 9º.- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Martín Alfredo Etchegoyen.


Toyota Prius 2017

El Toyota Prius fue uno de los primeros beneficiados.
Foto: Toyota

Con esta confirmación oficial es posible que en las próximas semanas comience la comercialización de estos modelos que tanto se hicieron esperar. Renault ya tiene a la Kangoo a mano, Volkswagen extenderá su línea de vehículos híbridos y Toyota ya redujo casi un 50% el precio del Prius y ahora se ofrece a unos $641.850-.

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