Mediante el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional anunció el cambio de monto mínimo para hacer el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Trámites y trámites y trámites. Muchas veces comprar un vehículo trae más complicaciones cuando tenemos que cerrar la operación que a la hora de elegir el modelo y color que querés. Hoy, el Gobierno Nacional informó en el Boletín Oficial el cambio de monto mínimo para realizar el CETA en la AFIP antes de adquirir un automóvil.
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La norma modificada dispone que los titulares de dominio alcanzados, con carácter previo a la petición de una transferencia, deben tramitar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA).

Que, hasta su modificación, la norma establecía esa obligación para el caso de transferencias de dominio cuyo precio pactado o, de existir, el valor consignado en la tabla de valuaciones para el cálculo de aranceles utilizada poresta Dirección Nacional, el mayor de ellos, resultare igual o superior a cien mil pesos ($100.000). Que la norma indicada en el Visto fijó ese monto en ochocientos mil pesos ($800.000).
Cabe recordar que el formulario CETA no tenía ningún valor adicional a la compra de los autos.
Que hay que llevar a Registro para hacer una transferencia
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a partir de cuando, no es necesario el formulario menor valor, ya que yo quiero transferir me interesa
Hola Roberto,
Fijate que en la nota está el boletín oficial para descargar donde está toda la información.
Saludos!
Por lo que entiendo si el valor de compra el menor al de la valuación, se toma el valor mas alto osea si se vendió a 750 mil pero la valuación del registro es 900 mil lleva ceta o no?
Probablemente sea la valuación del registro.
Siempre se toma la valuación del registro!! no importa el valor de mercado, si declaras más de lo que sale en la tabla te van a tomar el monto declarado
en el formulario de transferencia digital se puede poner el valor de la valuacion fiscal, aunque el precio real sea superior?
El valor en el 08 es declarativo, cada uno puede poner el valor que quiera.
te hago una consulta, si en el ceta se declaro, $1.800.000,
pero en el 08 yo quiero poner el valor de venta $1.300.000, el valor de tabla, se puede?
o los montos de venta deben ser los mismos
Deberían ser los mismos valores, aunque no siempre es así!
Hola, quería saber que pasa si un vehículo vale $2 000 000, y en el registro y el CETA se declara un valor ilógico como $$500 000. Donde se arma lio? o el sistema no te permite ingresar montos menores como esos? Gracias.
Santiago,
El valor declarado lo pone el vendedor/comprador. Fiscalmente los autos tienen un valor y no creo que te sea fácil poner un valor fictisio.
Saludos!